Los responsables gubernamentales presentaron ayer un nuevo documento de propuestas de la reforma laboral que, como principal novedad, recoge una nueva redacción del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores para crear un contrato temporal “por circunstancias de la producción y de sustitución de la persona trabajadora”, que podría realizarse en las actividades ocasionales y cuya duración máxima sería de tres meses.
Además, se introducen unos topes de su utilización en función del tamaño de la empresa. Los contratos se harán fijos si se usan para el mismo puesto cinco meses.
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